Resolución N° 299/14/0111
Nro de Expediente:
3360-001249-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/12/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Rolando González Biebaschi, C.I. 3.813.270-0, propietario de la vivienda sita en la calle Dr. Carlos María de Pena No. 4835, apto. 101

Montevideo, 6 de Diciembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la humedades generadas por la vivienda sita en la calle Carlos María de Pena No. 4835, Apto.101, propiedad de Rolando González Biebaschi, C.I. 3.813.270-0, con domiciliado a los efectos legales en Avda. Agraciada 4275 Apto.001;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 09 de Febrero de 2013 se comprobó que existían problemas de humedades que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Dr. Carlos María de Pena No.4835 apto.1;
        2o.) que al determinarse que la humedades provenían de la finca superior, se intimó al Sr. Rolando González Biebaschi, propietario de dicha vivienda, a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda perjudicada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, Inciso A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Rolando González Biebaschi, C.I. 3.813.270-0, propietario de la vivienda sita en la calle Dr. Carlos María de Pena No. 4835, apto. 101, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A