Resolución N° 123/14/0111
Nro de Expediente:
3360-009955-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/6/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Enrique Sanguinetti, C.I. 520.910-2, responsable del la finca sita en la en la Avenida Luis Batlle Berres número 4289.-

Montevideo, 13 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las filtraciones provenientes de la finca sita en la Avenida Luis Batlle Berres número 4289, de la cual es responsable el Sr. Enrique Sanguinetti, C.I. 520.910-2;
        RESULTANDO: 1o.) que en reiteradas inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No.14, se comprobó la filtraciones que generan afectaciones graves a las condiciones de habitabilidad de la finca Avenida Luis Batlle Berres Número 4287;
        2o.) que se intimó al Sr. Enrique Sanguinetti a realizar los trabajos necesarios en el local a fin de evitar filtraciones a la finca lindera;
        3o.) que fueron otorgados plazos en reiteradas ocaciones, sin que se efectuaran los trabajos solicitados
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en Sección II, Artículo 3º, numeral 12, Inciso A, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Enrique Sanguinetti, C.I. 520.910-2, responsable del la finca sita en la en la Avenida Luis Batlle Berres número 4289, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A