Resolución N° 139/18/0111
Nro de Expediente:
2016-3410-98-000047
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/7/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCIÓN

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 120/18/0111 de fecha 11 de junio de 2018.-

Montevideo, 11 de Julio de 2018.-
 
      VISTO: la Resolución No. 120/18/0111 de fecha 11 de junio de 2018;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco), a la empresa unipersonal Sr. Sergio Miranda Filgueira, C.I. 1.995.439-1, R.U.T. 21 517554 0013, responsable del el establecimiento destinado a Taller y Lavadero, sito en Cno. Sosa No. 2419, por falta de Habilitaciones Departamentales;
      2o.) que de acuerdo a lo informado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 18, la empresa contaba con las habilitaciones al momento de la imposición de la multa de referencia;
      3o.) que el Gobierno Municipal entiende que se debe dejar sin efecto la Resolución No. 120/18/0111;
      CONSIDERANDO: 1o.) que según el Art.26 del Decreto 21.626, "cuando se comprobare... que una multa impuesta... se padeció de error en la persona, los hechos o las normas aplicadas, corresponderá de oficio o petición de parte, revocar la resolución que impuso la sanción,";
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la Resolución No. 120/18/0111 de fecha 11 de junio de 2018, de acuerdo a lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 18.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A