Resolución N° 186/15/0111
Nro de Expediente:
3360-003595-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una) a la empresa NADELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015, propietaria del predio empadronado con el No. 93.984, ubicado en la Calle Timote No.4662

Montevideo, 3 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza del predio empadronado con el número 93.984, ubicado en la Calle Timote No. 4662, propiedad de la empresa NADELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015, con domicilio a las efectos legales en la Avda. 18 de Julio No.921;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 14, de fechas 29/III/2014, 22/XII/2014, y 9/V/2015 se comprobó que el padrón No.93.984 carece de limpieza, intimando a la empresa a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 1, a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4º, Literal B, Numeral 19, del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una) a la empresa NADELAR S.A., R.U.T. 21 363977 0015, propietaria del predio empadronado con el No. 93.984, ubicado en la Calle Timote No.4662, con domicilio a efectos legales en Avda. 18 de Julio No.921, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución;
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificar a la empresa y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A