Resolución N° 349/15/0111
Nro de Expediente:
6396-001410-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/12/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONEXION A SANEAMIENTO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a la María Cristina Moreira, C.I.1.123.366-2, propietaria del inmueble padrón No.147.290, sito en la calle Carlos María de Herrera No.852

Montevideo, 23 de Diciembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de conexión al saneamiento del padrón 147.290, sito en la calle Carlos María de Herrera No.852, propiedad de la Sra. María Cristina Moreira, C.I. 1.123.366-2, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en diferentes informes surge que el padrón de referencia no se encuentra conectado a la red de saneamiento, intimando a la titular a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R .10 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 16, Numeral 5, Inciso C, Sección XIII, del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a la María Cristina Moreira, C.I.1.123.366-2, propietaria del inmueble padrón No.147.290, sito en la calle Carlos María de Herrera No.852, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, a la Unidad Comercial - Administración de Conexiones, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación a la infractora y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A