Resolución N° 88/16/0111
Nro de Expediente:
3410-002695-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Carlos Demarco Amestoy, C.I. 3.891.019-4, y el Sr. Carlos María Demarco Sollozzo, C.I. 1.312.427-1, propietarios del predio padrón 43431.-

Montevideo, 7 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de construcción-reparación de las alcantarillas y cunetas del predio padrón No.43431, ubicado sobre el camino Luis Eduardo Pérez No.8553, propiedad del Sr. Sebastián Demarco Amestoy, C.I. 3.891.019-4, y el Sr. Carlos María Demarco Sollozzo, C.I. 1.312.427-1;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.18, se constató que las alcantarillas y cunetas no se encontraban en condiciones que garanticen escurrimientos de pluviales, intimando en varias oportunidades a los propietarios a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 4, a los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto Capítulo V, Título III, del Decreto 33044 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Carlos Demarco Amestoy, C.I. 3.891.019-4, y el Sr. Carlos María Demarco Sollozzo, C.I. 1.312.427-1, propietarios del predio padrón 43431, ubicado sobre el camino Luis Eduardo Pérez Nº 8553 , por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A