Resolución N° 258/14/0111
Nro de Expediente:
0011-004540-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/10/2014


Tema:
MULTA POR FILTRACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta), a el Sr. Luis Manuel Alvarez Saldias, C.I.1.729.170, propietario de la vivienda sita en la calle Laureles No. 783

Montevideo, 16 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades de la vivienda sita en la calle Laureles No.787, ocasionados por la vivienda sita en la calle Laureles No.783, de la cual es propietario el Sr. Luis Manuel Álvarez Saldias, C.I. 1.729.170, con domicilio a efectos legales en la Avda. Burgues No.3569 Apartamento 12;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección profesional realizada por el Servicio Centro Comunal No. 14, se comprobó que la finca sita en la calle Laureles No. 783 presentaba problemas de filtraciones que afectaban a la finca lindera;
        2o.) que se intimó a el propietario de la mencionada vivienda a realizar las acciones necesarias en el sistema de abastecimiento y eliminación de líquidos residuales, a efectos de evitar el pasaje de humedades y filtraciones, hacia la finca lindera;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II, Inciso A, del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta), a el Sr. Luis Manuel Álvarez Saldias, C.I.1.729.170, propietario de la vivienda sita en la calle Laureles No. 783, con domicilio a efectos legales en la Avda. Burgues No. 35869 Apartamento 12, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A