Resolución N° 205/13/0111
Nro de Expediente:
3360-000235-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2013


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) en carácter de segunda reincidencia, y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos) , a la Sra. Nelida Dorrego, C.I. 2.619.403-5, propietaria del predio empadronado con el No. 38162, ubicado en Carlos Tellier No.4030,

Montevideo, 11 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene y cercado del predio empadronado con el No. 38162, ubicado en Carlos Tellier No.4030, propiedad de la Sra. Nelida Dorrego, C.I. 2.619.403-5, domiciliada en Av. Aerosur Solar 3 Manzana 10 (San José de Carrasco);
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó a la Sra. Nelida Dorrego a la limpieza y cercado del predio de su propiedad y de las inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 surge que no se dio cumplimiento a lo intimado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.8 en carácter de segunda reincidencia y otra de U.R. 2 a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 6, numeral 19, Decreto 23372 y Artículo 4, Literal B, numeral 19, sección III y artículo 22, Sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        3o.) que se aplico multa por Resoluciones Nos. 36/11/0111 del 29/III/2011 y 240/12/0111 del 20/XI/2012;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (unidades reajustables ocho) en carácter de segunda reincidencia, y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos) , a la Sra. Nelida Dorrego, C.I. 2.619.403-5, propietaria del predio empadronado con el No. 38162, ubicado en Carlos Tellier No.4030, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal ,Concejal Municipal-Municipio A