Resolución N° 94/15/0111
Nro de Expediente:
3360-006025-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/4/2015


Tema:
MULTA HABILITACIONES DEPARTAMENTALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la empresa Sergio Hernández Birriel, C.I. 2.562.099-5, R.U.T. 21 724065 0015, responsable del establecimiento destinado a taller de alineación y gomería, sito en la calle Santa Lucía No. 5265,

Montevideo, 7 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación comercial del establecimiento destinado a taller de alineación y gomería, sito en la calle Santa Lucía No. 5265, responsabilidad de la empresa Sergio Hernández Birriel, C.I. 2.562.099-5, R.U.T. 21 724065 0015;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas el por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 se comprobó que el establecimiento carece de habilitación comercial, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber realizado el trámite correspondiente;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a el titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 14, Literal a, Numeral 1, sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la empresa Sergio Hernández Birriel, C.I. 2.562.099-5, R.U.T. 21 724065 0015, responsable del establecimiento destinado a taller de alineación y gomería, sito en la calle Santa Lucía No. 5265, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A