Resolución N° 85/21/0111
Nro de Expediente:
2019-1507-98-000087
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/6/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES DEPARTAMENTALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), a la Sra. María del Lujan Simón Gómez Porto, C.I. 3.435.586-1, responsable de la empresa Tiburón S.R.L.

Montevideo, 1 de Junio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a transporte de carga, sito en la calle José Llupes No. 5819, empresa Tiburón S.R.L., del cual es responsable la Sra. María del Lujan Simón Gómez Porto, C.I. 3.435.586-1, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 se comprobó que el establecimiento carece de Habilitaciones Departamentales, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber realizado el trámite correspondiente;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 25 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Art. 14, Literal d III, Caso 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco), a la Sra. María del Lujan Simón Gómez Porto, C.I. 3.435.586-1, responsable de la empresa Tiburón S.R.L., destinada a transporte de carga, sito en la calle José Llupes No. 5819, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar al infractor.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A