Resolución N° 209/15/0111
Nro de Expediente:
3390-007045-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una) a la Señora Juana Leticia Dos Santos Barriel, C.I. 3.286.288-0, titular del predio empadronado con el Nos. 43007, ubicado en la Calle Samuel Lafone No. 2127, con domicilio a efectos legales en la calle Calera de las Huérfanas No. 4382 Apto.6

Montevideo, 3 de Agosto de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza del predio empadronado con el número 43007, ubicado en la Calle Samuel Lafone No. 2127, del cuales es responsable la Señora Juana Leticia Dos Santos Berriel, C.I. 3.286.228-0, con domicilio a las efectos legales en la Calle Calera de las Huérfanas No.4382 Apto.6;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 17 surge que el padrón No.43007 carece de limpieza, intimando a la titular a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 1, a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una) a la Señora Juana Leticia Dos Santos Barriel, C.I. 3.286.288-0, titular del predio empadronado con el Nos. 43007, ubicado en la Calle Samuel Lafone No. 2127, con domicilio a efectos legales en la calle Calera de las Huérfanas No. 4382 Apto.6, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución;
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A