Resolución N° 273/12/0111
Nro de Expediente:
3360-007925-11
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/12/2012


Tema:
OBRA SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 24 (unidades reajustables veinticuatro), a los Sres. Gladys Risso Cotelo, C.I. 2.723.427-8 y Genaro Bauza, C.I. 1.093.619-0 propietarios del inmueble sito en la calle Av. Carlos Mª. Ramírez Nº 80

Montevideo, 6 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las obras sin permiso en el inmueble padrón Nº 417160 sito en la calle Av. Carlos Mª. Ramírez Nº 80, propiedad de los Sres. Gladys Risso Cotelo, C.I. 2.723.427-8 y Genaro Bauza, C.I. 1.093.619-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Av. Joaquín Suárez Nº 2947;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 12 de setiembre de 2011 se constatan obras, las cuales no tiene Permiso de Construcción de acuerdo a la reglamentación vigente;
        2o.) que en reiteradas oportunidades se intimó a la persona a la presentación del Permiso de Construcción que habilite las obras realizadas;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 24 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 15, Inciso A, Sección XIII del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 24 (unidades reajustables veinticuatro), a los Sres. Gladys Risso Cotelo, C.I. 2.723.427-8 y Genaro Bauza, C.I. 1.093.619-0 propietarios del inmueble sito en la calle Av. Carlos Mª. Ramírez Nº 80, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A