Resolución N° 311/15/0111
Nro de Expediente:
0011-009105-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/12/2015


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
Habilitar al Director del Centro Comunal Zonal No.14, o a quien lo subrogue en el cargo, a firmar los permisos para vendedores ambulantes, y comerciantes, que soliciten instalarse frente a los comercios de la Avda. Agraciada entre el 21 de diciembre de 2015 y el 6 de enero de 2016 .-

Montevideo, 8 de Diciembre de 2015.-
 
        VISTO: que la División Promoción Económica habilitó la instalación de vendedores ambulantes y comerciantes, frente a los comercios de la Avda. Agraciada, entre el día 21 de Diciembre de 2015 y hasta el 6 de enero de 2016;
        RESULTANDO: 1o.) que debido a la dinámica que implica la tramitación y correspondiente autorización a los diferentes interesados hace imposible que este Municipio pueda hacerse cargo de la firma habilitante que legitime los permisos otorgados;
        2o.) que se genera la necesidad de prorrogar el vencimiento de la inscripción;
        CONSIDERANDO: 1o.) el Decreto 33597 en su Artículo 1º establece en el segundo párrafo que la autorización "se gestionará a través del Servicio Centro Comunal Zonal respectivo";
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1º.- Habilitar al Director del Centro Comunal Zonal No.14, o a quien lo subrogue en el cargo, a firmar los permisos para vendedores ambulantes, y comerciantes, que soliciten instalarse frente a los comercios de la Avda. Agraciada entre el 21 de diciembre de 2015 y el 6 de enero de 2016 .-
        2º.- Autorizar por única vez una prórroga para el vencimiento de la inscripción hasta el miércoles 16 de diciembre de 2015.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a Inspección General Central, a la División de Promoción Económica y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No.14.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A