Resolución N° 20/19/0111
Nro de Expediente:
2018-3410-98-000087
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/2/2019


Tema:
MULTA POR FALTA DE CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Pablo Daniel Sabbatini, C.I. 2.964.197-8

Montevideo, 15 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de cerco del predio empadronado con el No. 43.537 sito en Cno. Sosa No. 3281, del cual es responsable el Sr. Pablo Daniel Sabbatini, C.I. 2.964.197-8, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.18, se constató la falta de cerco reglamentario del predio de referencia, intimando a la responsable a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, corresponde la aplicación de una multa de U.R. 4, por infracción a lo dispuesto en la Artículo 3, Numeral 6, Sección II del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), al Sr. Pablo Daniel Sabbatini, C.I. 2.964.197-8, responsable del padrón No. 43.537 sito en Cno. Sosa No. 3281, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 a efectos de notificar al infractor.-
Enrique Soria,Alcalde (I) - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A