Resolución N° 146/18/0111
Nro de Expediente:
2016-9743-98-000070
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/7/2018


Tema:
MULTA VERTIMIENTO AGUAS SERVIDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) a la Sra. Myriam Emilia Vachos Morales, C.I. 1.560.523-7

Montevideo, 20 de Julio de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de aguas servidas hacia terreno lindero, provenientes del padrón No. 59.980, sito en la calle República Argentina No. 1909, del cual es propietaria la Sra. Myriam Emilia Vachos Morales, C.I. 1.560.523-7, con domicilio a efectos legales en la calle Río de Janeiro No. 3176;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones técnicas realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 17, se comprobó el vertimiento de aguas servidas hacía la finca lindera, padrón No. 25.250, sito en la calle Río de Janeiro No. 3397;
        2o.) que se intimó a la responsable del padrón No. 59.980, al cese de vertimiento de aguas servidas hacía la finca lindera;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20, a la titular de obrados, según lo que establece el Artículo 3, Numeral 12, Sección II del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) a la Sra. Myriam Emilia Vachos Morales, C.I. 1.560.523-7, propietaria del padrón No. 59.980, sito en la calle República Argentina No. 1909, con domicilio a efectos legales en la calle Río de Janeiro No. 3176, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 a efectos de notificar a la infractora.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A