Resolución N° 105/16/0111
Nro de Expediente:
3410-004797-15
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/6/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a el Sr. Mario Alberto Sica, C.I. 1.348.284-1, propietario del predio empadronado con el No. 169101

Montevideo, 13 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta cerramiento, y de limpieza de aceras y cunetas del predio empadronados con el número 169101, ubicado en Avda. Luis Batlle Berres No.6123, del cual es Propietario el Sr. Mario Alberto Sica, C.I. 1.348.284-1, con domicilio a las efectos legales en la Calle Monte Caseros No.2595;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 18 surge que el padrón No.169101 carece de limpieza en cunetas y aceras, y tampoco posee cerco perimetral reglamentario, intimando a la titular a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 1, por falta de limpieza según lo establece Artículo 4º, Literal B, Numeral 9, y otra de U.R. 4 por falta de cerco, según lo establece el artículo 4º, Literal B, numeral 16 del Decreto 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro), a el Sr. Mario Alberto Sica, C.I. 1.348.284-1, propietario del predio empadronado con el No. 169101, ubicado en la Avda. Luis Batlle Berres No. 6123, con domicilio a efectos legales en la calle Monte Caseros No. 2595, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución;
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A