Resolución N° 16/19/0111
Nro de Expediente:
2018-6301-98-000002
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/2/2019


Tema:
MULTA VERTIMIENTO LIQUIDOS RESIDUALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la empresa BELINOR S.A., R.U.T 21 440565 0011

Montevideo, 14 de Febrero de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de líquidos residuales a la vía pública y falta de limpieza y mantenimiento del inmueble, padrón No. 407.001, sito en Psje. Farrapos y Cordobés, del cual es responsable la empresa BELINOR S.A., R.U.T 21 440565 0011, con domicilio a efectos legales en la calle Constituyente No. 1467/1705;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14, solicitó al responsable de la finca el cese de vertimiento de líquidos residuales a la vía pública y la limpieza y mantenimiento del predio de su propiedad;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 10 y otra de 2, según lo establece el Artículo 16, Numeral 1, Apartado 2, Literal A, Sección XIII del Decreto 21.626, y el Artículo 4, Literal B, Numeral 1, Sección III del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) y otra de U.R. 2 (unidades reajustables dos), a la empresa BELINOR S.A., R.U.T 21 440565 0011, responsable del padrón No. 407.001, sito en Psje. Farrapos y Cordobés, con domicilio a efectos legales en la calle Constituyente No. 1467/1705, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 a efectos de notificar a la empresa infractora.-
Enrique Soria,Alcalde (I) - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A