Resolución N° 256/14/0111
Nro de Expediente:
8969-004471-08
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/10/2014


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCIÓN

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución 103/14/0111 del 7 de Mayo de 2014

Montevideo, 11 de Octubre de 2014.-
 
      VISTO: la Resolución No. 103/14/0111 de fecha 7 de Mayo de 2014, por la cual se aplicó una multa por no retirar mercadería de la vereda sita en Av. Carlos María Ramírez No.78;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se aplicó una multa de U.R. 8 a la empresa unipersonal Stella Maris Vignoli, C.I.3.748.195-0, R.U.T. 21 528062 0013;
      2o.) que se padeció de error, ya que empresa correcta es Raúl Salvador Paino Melgar;
      3o.) que si bien coincide el R.U.T 21 528062 0013 con el titular correcto, la cédula de identidad no corresponde al Sr. Raúl Salvador Paino Melgar;

      CONSIDERANDO: 1o.) el Artículo 26 del Decreto 21.626 establece que cuando se comprobare que se padeció de error en una multa impuesta corresponde revocar la resolución;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la Resolución 103/14/0111 del 7 de Mayo de 2014, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 a efectos de a) incorporar la declaración de Microempresa, a fin de contar con la cédula del Sr. Raúl Salvador Paino Melgar, b) dale vista por el término de diez días de que se aplicará una sanción de 8 U.R., por ocupar la vereda con mercadería comprobada en inspección 17 de enero de 2014), c) realice control de habilitación a fin de comprobar si se renovó la habilitación ante la Dirección Nacional de Bomberos, d) realizar inspección a efectos de verificar si se procedió al retiro definitivo de mercadería de la vereda frentista a Av. Carlos María Ramírez No.78.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A