Resolución N° 231/14/0111
Nro de Expediente:
3410-007663-09
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/9/2014


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCIÓN

Resumen:
Dejar sin efecto las Resoluciones No. 52/11/0111 de fecha 6 de junio de 2011, la No. 244/12/0111 de 20 de Noviembre de 2012, y su modificativa la Resolución No. 294/12/0111 del 4 de Junio de 2013

Montevideo, 19 de Setiembre de 2014.-
 
      VISTO: la Resolución No. 52/11/0111 de fecha 6 de Junio de 2011, la Resolución No. 244/12/0111 de 20 de Noviembre de 2012, y su modificativa, la Resolución No. 294/12/0111 del 4 de Junio de 2013;
      RESULTANDO: 1o.) que por la Resolución 52/11/0111 se aplicó una multa de 4.9470 U.R. por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, por la Resolución No.244/12/0111 se aplicó una multa de 7.8205 U.R., por el mismo motivo en carácter de primera reincidencia;
      2o.) que a través de la Resolución 294/12/0111 se modificó la Resolución No.244/12/0111;
      3o.) que según informe del Abogado Asesor, Dr. Walter Bomio, a fojas 73 y 74, se padeció de error en la denominación de la empresa, en diferentes oportunidades en las Resoluciones mencionadas, ya que por tratarse de una sociedad de hecho, el nombre correcto de la empresa es Octavio Augusto Fontana Cuello C.I. 1.776.306-5 y Carmen Adriana Suárez González C.I. 1.942.963-7, R.U.T. 216461910011;
      4o.) que corresponde aplicar la multa de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
      CONSIDERANDO: 1o.) el Artículo 26 del Decreto 21626 establece que cuando se comprobare que se padeció de error en una multa impuesta corresponde revocar la resolución;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la Resoluciones No. 52/11/0111 de fecha 6 de junio de 2011, la No. 244/12/0111 de 20 de Noviembre de 2012, y su modificativa la Resolución No. 294/12/0111 del 4 de Junio de 2013, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 18 para dar vista de 30 días, a efectos de presentar la documentación que acredite la vigencia del trámite ante la Dirección Nacional de Bomberos, a la sociedad de hecho Octavio Augusto Fontana Cuello, C.I.1.776.306-5, y Carmen Adriana Suárez González, C.I.1.942.963-7, R.U.T. 21 646191 0011, bajo apercibimiento de la aplicación de una sanción de 5.U.R
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A