Resolución N° 204/13/0111
Nro de Expediente:
3390-017705-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2013


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. José Márquez, C.I. 1.207.588-5, propietario de la vivienda sita en la calle Vizcaya No. 3344, padrón No. 25356

Montevideo, 11 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de humedades en la vivienda sita en la calle Vizcaya No. 3338 los cuales provienen de la vivienda sita en la calle Vizcaya No. 3344, padrón No. 25356, propiedad del Sr. José Simón Márquez Amaral, C.I. 1.207.588-5, con igual domiciliado a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 20 de enero de 2013 se comprobó que la vivienda perjudicante presenta problemas que se originan por patologías propias de la construcción y estas afectan la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Vizcaya No.3338;
        2o.) que se intimó al Sr. José Márquez a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones a la vivienda sita en la calle Vizcaya No. 3338;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19.7880 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. José Márquez, C.I. 1.207.588-5, propietario de la vivienda sita en la calle Vizcaya No. 3344, padrón No. 25356, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal ,Concejal Municipal-Municipio A