Resolución N° 133/16/0111
Nro de Expediente:

 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/7/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a el Sr. Oscar Fernando Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.064-0, el Sr. Ricardo Javier Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.039-9, el Sr. Raúl Elhordoy Iriart, C.I. 872.205-1, la Sra. Nelly Esther Dominguez Elhordoy, C.I.743.284-2, y el Sr. Juan Pedro Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.045-2.-

Montevideo, 26 de Julio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza del predio empadronado con el No. 43484, ubicado en Avda. Luis Batlle Berres No. 7843, propiedad de el Sr. Oscar Fernando Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.064-0, domiciliado en Vicente Basagoity No.4191 Apto.2; el Sr. Ricardo Javier Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.039-9, domiciliado en Avda. Gral. Rivera No.3058 Apto.301, el Sr. Raúl Elhordoy Iriart, C.I. 872.205-1, domiciliado en Av. Luis Batlle Berres No.4083, la Sra. Nelly Esther Dominguez Elhordoy, C.I.743.284-2, domiciliada en Avda. Luis Batlle Berres No.8043, y el Sr. Juan Pedro Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.045-2, domiciliado en Avda. Luis Alberto de Herrera No.3451/53;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó a la propietaria, y los propietarios a la limpieza del predio de referencia sin que se diera cumplimiento a lo solicitado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.10 por falta de limpieza, a la titular, y los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 6, numeral 19, Decreto 23372;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), a el Sr. Oscar Fernando Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.064-0, domiciliado en Vicente Basagoity No.4191 Apto.2; el Sr. Ricardo Javier Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.039-9, domiciliado en Avda. Gral. Rivera No.3058 Apto.301, el Sr. Raúl Elhordoy Iriart, C.I. 872.205-1, domiciliado en Av. Luis Batlle Berres No.4083, la Sra. Nelly Esther Dominguez Elhordoy, C.I.743.284-2, domiciliada en Avda. Luis Batlle Berres No.8043, y el Sr. Juan Pedro Dominguez Elhordoy, C.I.1.672.045-2, domiciliado en Avda. Luis Alberto de Herrera No.3451/53, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación a la infractora e infractores, y demas efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A