Resolución N° 202/17/0111
Nro de Expediente:
2016-3360-98-000375
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/7/2017


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Eduardo Javier Lazbal Forteza, C.I. 2.720.391-8

Montevideo, 28 de Julio de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades y fisuras en muros provenientes de la vivienda empadronada con el No.159.514, sito en la Calle Triunfo No. 491 apto. 001, responsabilidad del Sr. Eduardo Javier Lazbal Forteza, C.I. 2.720.391-8, con domicilio a efectos legales en la Calle Julián Laguna No. 5659;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 14, se comprobaron humedades y fisuras en los muros, que provienen de la finca mencionada y que afectan la habitabilidad de la vivienda lindera, sito en la Calle Triunfo No. 491 bis apto. 002;
        2o.) que se intimó al responsable a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar las fisuras en los muros y el pasaje de humedades a la vivienda lindera;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, Inciso A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , al Sr. Eduardo Javier Lazbal Forteza, C.I. 2.720.391-8, responsable de la vivienda empadronada con el No. 159.514, sito en la Calle Triunfo No. 491 apto. 001, con domicilio a efectos legales en la Calle Julián Laguna No. 5659, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14, a efectos de notificar al infractor.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A