Resolución N° 55/25/0113 | Nro de Expediente:
2017-3240-98-000784 |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
19/3/2025 |
Tema:
Multas
Resumen:
Aplicar a la firma Unipersonal Gerardo País Mora, cédula de identidad 4.645.073-8, sito en Juan José de Amézaga Nº2247, una multa de UR 8 falta de habilitación del permiso de saliente desmontable.-
Montevideo, 19 de Marzo de 2025.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a verdulería, sito en Juan José de Amezaga Nº2247, propiedad de la firma unipersonal Gerardo País Mora, con cédula de identidad 4.645.073-8 y RUT: 217413400019, con mismo domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las actuaciones y pese a los plazos concedidos, no fueron levantadas las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación del permiso de saliente desmontable del local de obrados;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en la Sección II, Artículo 3º, Numeral 16 del Decreto Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 12 de marzo de 2025, procede de conformidad al dictado de la resolución de obrados;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar a la firma Unipersonal Gerardo País Mora, con cédula de identidad 4.645.073-8 y RUT: 217413400019 sito en Juan José de Amézaga Nº2247, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho), por no levantar las observaciones realizadas a fin de cumplir con los requerimientos para la habilitación del permiso de saliente desmontable del local de obrados.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio, para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
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Mónica Amado.-,Alcaldesa.- .-
Margarita Castro.- ,Concejala.- |  |
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