Resolución N° 534/12/0113
Nro de Expediente:
3240-010902-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.3.2388 ADORNOS SRL, RUT:214343120014, venta de adornos, sito en Arenal Grande Nº 2347,

Montevideo, 12 de Diciembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a venta de adornos, sito en Arenal Grande Nº 2347, propiedad de la firma ADORNOS SRL, RUT:214343120014, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, informa que: el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (Declaración Jurada-Microempresa), solicita imponer una multa de U.R.3.2388, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.3.2388 (Unidades Reajustables tres con dos mil trescientos ochenta y ocho diezmilésimas) a la firma ADORNOS SRL, RUT:214343120014, responsable del establecimiento destinado a venta de adornos, sito en Arenal Grande Nº 2347, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y para notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala