Resolución N° 171/17/0113
Nro de Expediente:
2017-3370-98-000031.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/8/2017


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de UR 8 a la firma SPEFAR SA, RUT: 210156430010 (Destinado a Laboratorio), sito en la calle Avda Millán Nº 3907, por carga y descarga de mercadería en la vía pública en la calle Fco del Puerto Nº 3904 (expediente: 2017-3370-98-000031).-

Montevideo, 16 de Agosto de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a Laboratorio, sito en la calle Avda Millán Nº 3907, propiedad de la firma SPEFAR SA, RUT: 210156430010, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15, se pudo comprobar la actividad de carga y descarga de mercadería en la vía pública, en la calle Francisco del Puerto Nº 3904;
2º) que ante lo constatado, se solicita la aplicación de una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma SPEFAR SA, RUT: 210156430010, responsable del establecimiento destinado a Laboratorio, sito en la calle Avda Millán Nº 3907, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 8 (Unidades Reajustables ocho) por haberse constatado la actividad de carga y descarga de mercadería en la vía pública en la calle Francisco del Puerto Nº 3904.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 15.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal