Resolución N° 65/17/0113 | Nro de Expediente:
2016-3240-98-000476; 3240-001197-14.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
29/3/2017 |
Tema:
MULTA POR BOMBEROS
Resumen:
Aplicar una multa de UR 7 a la firma unipersonal Leticia Silveira, CI: 5.328.829-1, destinada a pizzería, sito en la calle Pedernal Nº2051 por falta de habilitación de la DNB.- (Primera reincidencia).-
Montevideo, 29 de Marzo de 2017.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a pizzería, sito en la calle Pedernal Nº 2051, propiedad de la firma unipersonal de la Sra. Leticia Silveira, CI: 5.328.829-1, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándose a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 7 (Unidades Reajustables siete), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84 (Primera Reincidencia);
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Aplicar una multa de UR 7 (Unidades Reajustables siete)- (Primera Reincidencia)- a la firma unipersonal Leticia Silveira, CI: 5.328.829-1, responsables del establecimiento destinado a pizzería, sito la calle Pedernal Nº 2051, con igual domicilio a efectos legales, por carecer de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
|
|
|
|
Rodrigo Arcamone,Alcalde .-
Jorge Cabrera,Concejal | |
| |