Resolución N° 45/22/0113
Nro de Expediente:
2022-3380-98-000080.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/3/2022


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar a la firma ZONA PRADO S.R.L., RUT 218210840019, responsable del establecimiento destinado a Cancha de Fútbol 5, sito en la calle Adolfo Berro Nº 912, una multa de UR 10 ( Unidades Reajustables diez) por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales). Expediente: 2022-3380-98-000080.-

Montevideo, 30 de Marzo de 2022.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionameinto del establecimiento destinado a Cancha de Fútbol 5, sito en la calle Adolfo Berro Nº 912, propiedad de la firma ZONA PRADO S.R.L., RUT: 218210840019, con igual domicilñio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental ( Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 10 (Unidades Reajustables diez), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2019-3380-98-000489, se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesiòn de fecha 23 de marzo de 2022, procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma ZONA PRADO S.R.L., RUT 218210840019, responsable del establecimiento destinado a Cancha de Fútbol 5, sito en la calle Adolfo Berro Nº 912, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 10( Unidades Reajustables diez) por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16 .-
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala