Resolución N° 574/12/0113
Nro de Expediente:
3380-009652-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/12/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6 y UR 10 THEMIS S.R.L., RUT: 211224770010, fábrica y reparación de balanzas, sito en Av. Millán Nº 2889,

Montevideo, 12 de Diciembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a fábrica y reparación de balanzas, sito en Av. Millán Nº 2889, propiedad de la firma THEMIS S.R.L., RUT: 211224770010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales) y Habilitación Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar, en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
      2º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R.6 y otra de U.R. 10, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.6 (Unidades Reajustables seis) y otra de U.R. 10 (Unidades Reajustables diez) a la firma THEMIS S.R.L., RUT: 211224770010, responsable del establecimiento destinado a fábrica y reparación de balanzas, sito en Av. Millán Nº 2889, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la firma infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala