Resolución N° 142/12/0113
Nro de Expediente:
3370-003001-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/6/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.7164 a la firma GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, establecimiento destinado a fabrica de cortinas de enrrollar, sito en la calle Carmelo Nº 1420 - PRIMERA REINCIDENCIA

Montevideo, 4 de Junio de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a fabrica de cortinas de enrrollar, sito en la calle Carmelo Nº 1420, propiedad de la firma GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nº 221/11/0113 de fecha 19/VIII/2011), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), Primera Reincidencia;
      2o) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas). a la firma GELIOSUR SA, RUT: 216261090010, propietaria del establecimiento destinado a fabrica de cortinas de enrrollar, sito en la calle Carmelo Nº 1420, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos



      expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.- y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Nº 15.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal