Resolución N° 108/17/0113 | Nro de Expediente:
2016-3370-98-000296; 3370-002000-16.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
14/6/2017 |
Tema:
Revocación de multas
Resumen:
Dejar sin efecto la resolución Nº 3/17/0113 de fecha 4 de enero de 2017.-
Montevideo, 14 de Junio de 2017.- |
VISTO: que por Resolución Nº 3/17/0113, de fecha 4 de enero de 2017, expediente 2016-3370-98-000296 (expediente SEM 3370-002000-16), se dispuso la aplicación de una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte), a la copropiedad del edificio sito en Bvar José Batlle y Ordóñez Nº 4711, padrón Nº 150182;
RESULTANDO:1º) que en actuación Nº 21, el Gobierno Municipal en sesión de fecha 5 de abril de 2017, resolvió dejar sin efecto el acto administrativo , ya que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 constató que los arreglos fueron realizados, eliminando así las humedades perjudicantes ;
CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nº 3642/10 y Nº3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 3/17/0113, de fecha 4 de enero de 2017, ya que en actuación Nº 21 del expediente 2016-3370-98-000296, el Gobierno Municipal en sesión de fecha 5 de abril de 2017, resolvió revocar el acto administrativo, al haberse constatado que los arreglos fueron realizados, eliminando así las humedades perjudicantes .-
2.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyente y pase - por su orden - al Despacho de este Municipio, para su notificación y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 15 .- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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