Resolución N° 45/13/0113
Nro de Expediente:
3240-007407-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/1/2013


Tema:
MULTA POR MARQUESINAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8,1625 a la la Firma Imperio S.R.L., RUT: 211214570019, responsable de la saliente desmontable instalada en el establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Gral Flores Nº 2450

Montevideo, 30 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la saliente desmontable colocada en el establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Gral Flores Nº 2450, de la cual es responsable la Firma Imperio S.R.L., RUT: 211214570019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que en los gráficos presentados se ilustran leyendas y chapas adosadas a fachadas que no se habilitan en trámite de saliente desmontable;
        2o.) que se le intima a retirar chapas adosadas a la fachada, y solicitar inicio de trámite de cartelería en la Unidad de Contralor, Publicidad, Señaletica y Propaganda, otorgandoséle un plazo de 30 días;
        3o.) que vencido el plazo se aconseja aplicar una multa de U.R. 8,1625, por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (ocho unidades reajustables con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la la Firma Imperio S.R.L., RUT: 211214570019, responsable de la saliente desmontable instalada en el establecimiento destinado a restaurante, sito en Avda. Gral Flores Nº 2450, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 .-
Horacio Pérez Sotelo,Alcalde.-

Silvia Charlier,Concejala