Resolución N° 105/20/0113
Nro de Expediente:
2020-0013-98-000211.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/7/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar las siguientes beses del llamado del"Fondo Municipal para la Cultura Comunitaria". Expediente: 2020-0013-98-000211.-

Montevideo, 22 de Julio de 2020.-
 
VISTO: el Plan de Desarrollo Municipal-período 2015/2020- en su línea estratégica de Desarrollo Cultural, Turístico y Económico, el Gobierno del Municipio C se planteó Promover las Artes en el territorio realizando una Asignación presupuestal de $ 300.000, para hacer la Convocatoria 2020 del " Fondo Municipal de la Cultura Comunitaria";
RESULTANDO: 1º) que en actuación Nº 1 del expediente de marras, se presentaron las bases del presente llamado;
2º) que por resolución del Gobierno Municipal, se determina que la segunda edición del Fondo Municipal de Cultura Comunitaria lleve el nombre del escritor y poeta Mario Benedetti como forma de homenaje en los 100 años de su nacimiento. En la misma oportunidad se resuelve que el llamado a proyectos del FMCC de este año 2020 se enfoque expresamente en propuestas artísticas referidas a la conmemoración del nacimiento del escritor;
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 15 de junio de 2020, resolvió avalar el presente llamado al " Fondo Municipal para la Cultura Comunitaria" y autorizar un total $ 300.000 para el presente llamado;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aprobar las siguientes bases del llamado " Fondo Municipal para la Cultura Comunitaria":MUNICIPIO C
FONDO MUNICIPAL de CULTURA COMUNITARIA
MARIO BENEDETTI
CONVOCATORIA 1ER SEMESTRE 2020
Por resolución del Concejo del Municipio C de fecha .......... se determina que
la segunda edición del Fondo Municipal de Cultura Comunitaria lleve el nombre del escritor y
poeta Mario Benedetti como forma de homenaje en los 100 años de su nacimiento. En la misma
oportunidad se resuelve que el llamado a proyectos del FMCC de este año 2020 se enfoque
expresamente en propuestas artísticas referidas a la conmemoración del nacimiento del escritor.
OBJETIVOS FMCC :
Promover la concreción y desarrollo de proyectos culturales con impacto directo en el territorio
del Municipio C.
Colaborar en los procesos de creación y producción de bienes culturales en todo el territorio
municipal.
Colaborar con la mejora de infraestructuras, equipamiento técnico, difusión y presentación de
proyectos culturales del Municipio C.
Fomentar la integración de la cultura en el proceso de desarrollo turístico, económico y social del
Municipio C.
A los efectos de la participación, el/los postulante(s) (persona física, jurídica o colectivo sin
personería jurídica) sólo podrá(n) presentar un proyecto artístico cultural en cada llamado. Para la
formulación del proyecto se deberán tener en cuenta las pautas establecidas en las presentes
bases. La mera presentación del proyecto implica el conocimiento y la plena aceptación de la
totalidad de las disposiciones de las presentes bases.
Para participar del llamado Julio/2020 del Fondo Municipal de Cultura Comunitaria (FMCC) del
Municipio C se podrá inscribir un único proyecto de PRODUCCION ARTÍSTICA dentro de una de las
sub-categorías que integran la presente convocatoria.
PRODUCCIÓN ARTÍSTICA
SUB CATEGORIAS
FotografíaArtes Escénicas: Teatro, Circo o Títeres
Música Muralismo
POSTULANTES:

Podrán postularse como beneficiarios del FMCC :

Personas físicas uruguayas, mayores de 18 años de edad que residan, estudien o trabajen en el territorio

del Municipio C

Personas físicas extranjeras con residencia legal, mayores de 18 años de edad que residan, estudien o trabajen en el territorio del Municipio C

Colectivos artísticos o sociales con o sin Personería Jurídica que desarrollen parte importante de su actividad

(ENSAYOS, TALLERES,MONTAJES, ETC) en el territorio del Municipio C y que alguno de sus integrantes referentes

cumplan con lo establecido en los literales a) y b)

Instituciones u Organizaciones: sociales, cooperativas, educativas públicas etc- con Personería Jurídica que desarrollen

su principal actividad en el territorio del Municipio C y que parte de sus integrantes referentes cumplan con lo establecido

en los literales a) y b)

Los postulantes y/o el REPRESENTANTE LEGAL acreditarán su residencia, lugar de ensayo, lugar de estudio y/o de trabajo en

el territorio del Municipio C, a través de una de las siguientes modalidades:

a) fotocopia de recibo de tributos o servicios a su nombre, con dirección en el Municipio C

b) constancia del centro de estudio o trabajo, con dirección en el Municipio C

c) constancia de domicilio emitida por la Policía con una vigencia no mayor a tres meses

Deberán acompañar la documentación que acredite su residencia (a,b o c) con el Formulario de validación territorial- ANEXO III, que debe ser firmado por el Concejo Vecinal correspondiente.

Una vez seleccionados los proyectos ganadores, el Municipio C suscribirá un convenio con los REPRESENTANTES LEGALES de cada proyecto.

Los integrantes de un colectivo sin personería jurídica definirán a través de una carta poder con la totalidad de firmas de los integrantes del colectivo (acompañada con fotocopia de las cédulas de identidad correspondientes a cada firma) su REPRESENTANTE LEGAL para la presentación del proyecto, a quién autorizarán a los efectos de la inscripción del mismo y demás gestiones administrativas, suscripción del convenio con el Municipio C y recepción del premio en caso de resultar seleccionados.

Las personas jurídicas deberán acreditar su vigencia y representación a través de certificación notarial, y mediante carta firmada según sus estatutos internos deberán informar quien es su REPRESENTANTE LEGAL, a quién autorizarán a los efectos de la inscripción y demás gestiones administrativas, suscripción del convenio con el Municipio C y recepción del premio en caso de resultar seleccionados.

LIMITANTES Y RESTRICCIONES

A) No podrán postular proyectos en forma individual, ni participar en ningún rol de representación de ningún postulante:

a) Personas que tengan relaciones funcionales o contractuales de carácter laboral, permanente y estable con el Municipio C e Intendencia de Montevideo.

b) Los postulantes y sus REPRESENTANTES LEGALES que hayan sido seleccionados en dos convocatorias consecutivas del FMCC, la restricción comenzará a aplicarse a partir del tercer llamado del fondo. En igual sentido no se podrán postular los integrantes de colectivos artísticos, sociales, etc o representantes de organizaciones e instituciones cuyos proyectos hayan resultado seleccionados en dos convocatorias consecutivas.

c) Quienes hayan incumplido convenios firmados al 1 de marzo de 2020 con el MEC, INJU (Mides), Municipio C e Intendencia de Montevideo.

d) Personas que integren o hayan integrado el Concejo del Municipio C en los 2 últimos períodos

e) Quienes hayan ganado en una convocatoria anterior y mantengan su proyecto en ejecución.

B) No podrán participar como responsables legales del proyecto:

a) Personas que tengan relaciones funcionales o contractuales de carácter laboral con el Municipio C e Intendencia de Montevideo.

b) Personas que integren o hayan integrado el Concejo del Municipio C en los 2 últimos períodos.

c) Personas que integren o hayan integrado los Concejos Vecinales del Municipio C en los 2 últimos períodos

d) Personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con alguno de los miembros del jurado.

e) Personas que ocupen cargos de dirección en una misma asociación jurídica con alguno de los miembros del jurado.

f) Personas que hayan ganado en una convocatoria anterior y mantengan su proyecto en ejecución.

No podrán presentar proyectos organismos ni instituciones públicas, con excepción de las instituciones educativas.

DECLARACIÓN JURADA – ANEXO I

El REPRESENTANTE LEGAL del proyecto firmará una Declaración Jurada, teniendo presente las penalidades establecidas en el artículo 239 del Código Penal con el siguiente contenido:

1) Que no se encuentra comprendido ni le alcanzan las limitaciones y restricciones establecidas en esta convocatoria.

2) Que en el proyecto no participan en sus etapas de ejecución ni en ningún rol personas expresamente impedidas por las bases.

3) Que la información brindada en el proyecto es veraz.

Los proyectos en los que se verifique o compruebe la participación de personas impedidas, cualquiera sea la forma de actuación en ellos, serán rechazados o eliminados según corresponda, previa vista para realizar los descargos que correspondieren.

DERECHOS DE AUTOR – ANEXO II

EL (LOS) TITULAR(ES) del proyecto y EL REPRESENTANTE LEGAL asumen plena y exclusivamente la responsabilidad emergente de los derechos de autor implicados. Asume toda la responsabilidad por la utilización de cualquier material protegido por derecho de autor y derechos conexos, derechos de la personalidad y derecho de imagen. Se hace responsable de que obtuvo las licencias de derechos, permisos y autorizaciones necesarias para la ejecución del material, inclusive lo relativo a derechos de imagen, si fuera el caso; y que el material no viola derechos de terceros, incluyendo, sin limitarse a, derechos de autoría y derechos de la personalidad. Mediante declaración jurada de Derechos de autor, establecerá la titularidad de la/s obra/s utilizada/s, sea/n propia/s o de terceros, y en este último caso, si dispone de la autorización respectiva o se encuentra gestionándola deberá acreditarla. Cuando corresponda el pago de derechos de autor por la utilización de obras pertenecientes al dominio público o privado, los importes respectivos deberán consignarse e identificarse en el presupuesto del proyecto, así como acreditar su pago o que se encuentra gestionando el mismo, en el caso de corresponder. Si la documentación brindada por el responsable legal respecto a los derechos de autor presenta dudas al jurado, éste podrá solicitar las aclaraciones que estime conveniente al responsable legal del proyecto. Los participantes deben tener presente lo dispuesto por la legislación de derechos de autor vigente, Ley 9.739 de 17 de diciembre de 1937 y sus modificativas así como las disposiciones previstas en los arts. R. 159.1 a 159.7 del Volumen II del Digesto Departamental.

FORMULARIO DE VALIDACIÓN TERRITORIAL- ANEXO III

Este formulario debe ser presentado ante el Concejo Vecinal correspondiente a la dirección de residencia/estudio/trabajo del(os) postulante(s) o del REPRESENTANTE LEGAL junto a la documentación que lo certifique, para que el Concejo Vecinal lo valide mediante firma de sus autoridades.

FALSEDAD DE DATOS

El jurado y/o el Concejo Municipal del Municipio C podrán verificar la autenticidad de la información y los documentos proporcionados por el titular o representante del proyecto durante todo el proceso de postulación y ejecución del proyecto. Si se comprobara que ha falseado alguna información o documento adjunto (auspicios, patrocinios, cartas compromiso, cartas de aceptación, contratos, recursos y condiciones indicados en ellos, diplomas, certificaciones de estudio, facturas, etc.), será automáticamente descalificado, se publicará la infracción en la página municipioc.montevideo.gub.uy y quedará inhabilitado para presentar proyectos en las tres siguientes convocatorias. Sin perjuicio de ello, se le conferirá vista previa para realizar los descargos que entienda pertinentes.

Además, en caso de que se compruebe que el titular o representante del proyecto ha falseado alguna información o documento adjunto durante la ejecución del proyecto operará la resolución y/o rescisión del contrato de pleno derecho, debiendo el titular o representante proceder al inmediato reintegro de los importes que le hubieran sido entregados por el MUNICIPIO C para la ejecución del proyecto. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales a que dé lugar la falsedad comprobada, los hechos referidos serán puestos en conocimiento de la Autoridad Competente.

ELIGIBILIDAD DE PROYECTOS ARTÍSTICOS CULTURALES

El proyecto deberá concordar con al menos uno de los objetivos de la presente convocatoria y con la resolución del Concejo Municipal de fecha ............................................ que establece que el llamado a proyectos del FMCC de este año 2020 se enfoque expresamente en propuestas artísticas referidas a la conmemoracion del nacimiento del escritor y poeta Mario Benedetti y en su obra.

Es condición necesaria y obligatoria para participar el cumplir con todas las requisitorias documentales de las bases y del formulario de inscripción.

TIPO DE PROYECTOS EXCLUIDOS

Quedan excluidos de esta convocatoria:

a) Proyectos que remiten a bienes y conocimientos científicos y técnicos exclusivamente.

b) Proyectos de becas y formación personal.

c) Proyectos que propongan realizar talleres, cursos, etc.

d) Proyectos que propongan giras o participación en festivales dentro del territorio nacional.

e) Proyectos que propongan giras o participación en festivales, etc. fuera del territorio nacional.

CATEGORÍAS DE POSTULACIÓN
PRODUCCIÓN ARTÍSTICA
FotografíaSerán elegibles proyectos de creación, investigación, difusión, exhibición, etc. relativos a las manifestaciones artísticas del sector. Se aceptarán únicamente proyectos cuya temática esté centrada en la figura de Mario Benedetti y su obra. Los proyectos deberán culminar con una propuesta expositiva a desarrollar en el territorio del Municipio C. Quedan excluidas en esta categoría las propuestas de talleres y proyectos que propongan publicaciones impresas exclusivamente.
Artes Escénicas: Teatro, Circo o Títeres Serán elegibles proyectos de creación, producción, investigación, montaje y puesta en escena, etc. relativos a las manifestaciones artísticas del sector. Se aceptarán únicamente proyectos cuya temática esté centrada en la figura de Mario Benedetti y su obra. Se otorgará especial tratamiento a proyectos que se desenvuelvan en el espacio público del Municipio C. Los proyectos deberán culminar con una presentación artística a desarrollar en el territorio del Municipio C. Quedan excluidas en esta categoría las propuestas de giras, talleres y proyectos que propongan publicaciones impresas exclusivamente.
Música Serán elegibles proyectos de creación, investigación, composición, etc. relativos a las manifestaciones artísticas del sector incluyendo todos los géneros musicales. Se aceptarán únicamente proyectos cuya temática esté centrada en la figura de Mario Benedetti y su obra. Se otorgará especial tratamiento a proyectos que se desenvuelvan en el espacio público del Municipio C Los proyectos deberán culminar con una presentación artística a desarrollar en el territorio del Municipio C Se ponderarán positivamente aquellos proyectos con claro carácter asociativo. Quedan excluidas en esta categoría las propuestas de giras y talleres exclusivamente.
MuralismoSerán elegibles proyectos de creación, composición, etc. relativos a las manifestaciones artísticas del sector incluyendo todos los estilos pictóricos. Se aceptarán únicamente proyectos cuya temática esté centrada en la figura de Mario Benedetti y su obra. Los proyectos deberán ser proyectados en muros que se ubiquen en el territorio del Municipio C y en el espacio público. Se ponderarán positivamente aquellos proyectos con claro carácter asociativo. Quedan excluidas en esta categoría las propuestas de talleres y proyectos que propongan publicaciones impresas exclusivamente
MONTO TOTAL DE FINANCIACIÓN, DISTRIBUCIÓN DEL MISMO Y EJECUCIÓN

El Municipio C dispondrá de un monto total de $ 300.000 (trescientos mil pesos uruguayos) para este llamado del FMCC, que se distribuirán en la financiación de al menos 5 proyectos de “Producción artística”, distribuido de la siguiente forma:

MURALISMO

Se adjudicarán hasta $ 210.000 para proyectos de muralismo con un máximo de $ 70.000 por proyecto. En esta categoría el municipio pondrá a disposición de los artistas 3 muros refaccionados y prontos para su intervención. Los proyectos que los incluyan tendrán una especial consideración y serán prioritarios en el momento de las adjudicaciones de los fondos.

Los muros disponibles son:


    Muro cito en Bulevar Artigas y Colorado. Dentro del espacio municipal, fondo de anteriores canchas de paddel. Medidas 16 metros de largo por 2,80 de altura. Pared de bloques sin revocar

    Muro cito en calle Bayona entre Av Felipe Carapé y Trapani. Muro latereal del anfiteatro Las Duranas. Medidas 16 metros de largo por 2,80 de altura. Pared de bloques sin revocar+

    Muro cito en ..................................


FOTOGRAFÍA, MÚSICA, ARTES ESCÉNICAS (Teatro, Títeres y Circo)

Se adjudicarán hasta $ 90.000 para proyectos de fotografía, música y artes escénicas con un máximo de $ 45.000 por proyecto.

PLAZOS DE EJECUCIÓN

Para muralismo el plazo máximo para la ejecución del proyecto será de 60 días a partir del momento del cobro de la partida adjudicada.

Para las otras categorías el plazo máximo será hasta diciembre 2020 si las condiciones sanitarias objetivas no lo impiden, en caso de acontecer este impedimento se acordará con el Municipio C un nuevo plazo de ejecución.

CONTRAPARTIDAS

Independientemente a la contrapartida propuesta por el postulante el el formulario de inscripción, todo proyecto seleccionado cuando sea comunicado por cualquier canal y formato deberá dejar expresa constancia del apoyo recibido desde el Fondo Municipal de Cultura Comunitaria y del Municipio C. Toda la comunicación en imagen, formato digital, papel u otro soporte vinculada a los proyectos seleccionados deberá incluir los logos del FMCC y del Municipio C. Todos los proyectos seleccionados en el momento de recibir su financiación ceden al Municipio C el derecho a registrar, difundir y utilizar imágenes y sonidos vinculados a sus proyectos para ser utilizados en sus medios y canales de comunicación institucional.

MATERIALES DE LA POSTULACIÓN AL FMCC

Cada postulante deberá descargar de la página web del Municipio C:

Formulario de Inscripción en la categoría “Producción artística”

Descripción y justificación del proyecto.

Antecedentes de los postulantes.

Presupuesto total del proyecto

Contrapartida ofrecida por el postulante

Declaración jurada sobre impedimentos legales de los participantes – Anexo I

Declaración jurada sobre derechos de autor –Anexo II

Formulario de validación territorial firmado por el Concejo Vecinal del Centro Comunal Zonal en caso de corresponder- Anexo III

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN

Baje los documentos de la pagina web del municipio : municipioc.montevideo.gub.uy.
Formulario de Inscripción en la categoría “Producción artística” Formulario disponible en la página del Municipio C .
Adjuntar fotocopia de CI del representante legal.
En caso que el proyecto pertenezca a una persona física será suscrito por dicho titular. En caso que el proyecto pertenezca a una persona jurídica o colectivo artistico el representante legal deberá presentar cartas de representación según las instrucciones de las bases.
Descripción y Justificación del proyectoEn hoja A4, máximo de 350 palabras en Arial 11
En el caso de Muralismo también se deberá entregar un boceto del proyecto o fotomontaje sobre el muro propuesto para intervenir. En caso que el proyecto sea para un muro no proporcionado por el Municipio C los postulantes deberán adjuntar una carta de autorización para realizar el mural firmada por el titular del padrón que contiene la superficie a intervenir.
Antecedentes del/os postulante(s) En hoja A4, no mas de 350 palabras en Arial 11
Presupuesto total del Proyecto y Monto solicitadoEn hoja A4 .Presupuesto expresado en pesos Uruguayos .
Discriminando el total por items.
En caso de haber pagos por concepto de retribuciones artísticas, estas se deben justificar mediante facturas de empresas unipersonales de los mismos artistas postulantes o por factura emitida por las cooperativas artísticas vigentes (Cooparte, Valorarte, Coopaudem). Todas las facturas deben ser oficiales y emitidas a nombre del proyecto (previamente definido en el formulario de inscripción). En las facturas debe constar el nombre del artista contratado, el monto líquido a recibir, las leyes sociales a pagar y los gastos de administración en caso de corresponder.
Contrapartida ofrecidaEn hoja A4, no mas de 150 palabras en Arial 11
Descripción de la propuesta de contrapartida, especificando contenido, fecha y lugar de concreción.
Esta contrapartida se suma a las contrapartidas obligatorias establecidas en las bases del llamado.
Declaración jurada sobre impedimentos legales de todos los participantes y derechos de autor- ANEXO I y ANEXO IIFormularios disponibles en la pagina del Municipio C
Validación territorial, que vincule a los postulantes con el territorio del Municipio C.Formulario disponible en la página del Muncipio C. Rellenar el mismo y presentar este documento ante el Concejo Vecinal correspondiente junto a la documentación que certifique que el postulante o sus integrantes tienen relación directa con el territorio: recibos de servicios o tributos, certificado de domicilio emitido por la policía, etc.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN

El presente llamado recibirá las inscripciones en las oficinas de los 3 Centros Comunales Zonales del Municipio C y en las oficinas del Municipio C desde el 15 de julio de 2020 hasta el día 15 de agosto de 2020.

Los aspirantes presentarán todo el material solicitado en formato papel, formularios en original y 1 copia y documentación complementaria en original y copia. El funcionario/a verificará las copias con los originales y entregará copia del Formulario de inscripción sellado.

Durante el periodo de inscripción se recibirán solicitudes de información y solución de dudas a los correos electrónicos: areasocialmunicipioc@gmail.com o esquinasmunicipioc@gmail.com incluyendo sus dudas y un teléfono de contacto. Se contestará únicamente por vía telefónica.

JURADO

La evaluación de los proyectos se realizará por medio de un jurado integrado por 5 integrantes que evaluarán la calidad de la propuesta, los antecedentes y méritos del solicitante, el equipo de trabajo (cuando corresponda), la adecuación presupuestal y los aspectos vinculados al impacto local de la propuesta.

El Jurado estará integrado por:

1) Representante del Concejo Municipal del Municipio C.

2) Representante del Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo

3) Representante idóneo del territorio a propuesta del Concejo Vecinal del Zonal 3.

4) Representante idóneo del territorio a propuesta del Concejo Vecinal del Zonal 15.

5) Representante idóneo del territorio a propuesta del Concejo Vecinal del Zonal 16.

Los jurados gozarán de autonomía técnica, debiendo contemplar que los proyectos no vulneren los valores de la dignidad humana y los Derechos Humanos. La decisión sobre la selección de proyectos será inapelable. La interpretación de las bases así como los aspectos no previstos o aquellos que se susciten con motivo de su aplicación, serán resueltas por el jurado en consulta con el Concejo Municipal del Municipio C.

EVALUACIÓN DE PROYECTOS

El proceso de evaluación comprenderá una única etapa en la que los jurados analizarán todos los proyectos y asignarán el puntaje a cada uno, estableciendo el mismo en actas. Para ello se considerarán los siguientes criterios de evaluación:

Calidad de la propuesta: se evaluará el proyecto en términos de su valor artístico-cultural. Asimismo, se analizará y evaluará la correspondencia del mismo con los objetivos de la convocatoria y su aporte al desarrollo cultural. Se prestará atención a la relación entre el proyecto y el aporte a la actividad artística en que se inscribe y se atenderá a la proyección y/o continuidad de la propuesta cultural.
ConceptoRango puntaje
Descripción
Artístico
Excelente16 a 20El proyecto posee un valor significativo, de gran calidad y relevancia artístico-cultural, resultando un importante e innovador aporte al desarrollo del sector.
Bueno11 a 16El proyecto posee calidad artístico-cultural, aportando al desarrollo del sector.
Regular6 a 10El proyecto presenta regular o poca calidad artístico-cultural, sin mayor aporte al desarrollo del sector
Insuficiente0 a 5El proyecto no posee suficiente calidad ni aporta al desarrollo del sector
Antecedentes y méritos del (de los) postulantes(s), del grupo o colectivo. En todos los casos los antecedentes y méritos son evaluados en relación con los contenidos del proyecto.
ConceptoRango puntaje
Descripción
Artístico
Excelente31 a 40Los antecedentes y méritos del/os postulante(s) se consideran sumamente relevantes y se corresponden plenamente con las necesidades para llevar adelante el proyecto. Es un proyecto asociativo, incluye aportes de varias ramas del arte.
Bueno21 a 30Se presentan antecedentes del/os postulante(s). Aunque escasos o poco relevantes dan garantías de la capacidad de llevar adelante el proyecto.
Regular11 a 20Se presentan antecedentes poco relevantes y con escasa relación con el proyecto
Insuficiente0 a 10Los antecedentes presentados son mínimos o ausentes y/o no tienen ninguna relación con el proyecto planteado.
• Coherencia global del proyecto: se evaluará la adecuación presupuestal.
ConceptoRango puntajeDescripción
Artístico
Excelente16 a 20La coherencia global del proyecto resulta notoriamente pertinente y presenta una excelente y consistente formulación.
Bueno11 a 16La coherencia global del proyecto resulta pertinente y su formulación es adecuada.
Regular6 a 10El proyecto presenta escasa coherencia en su formulación.
Insuficiente0 a 5El proyecto no resulta consistente en su formulación.
• Impacto local. Se evaluará la capacidad del proyecto de impactar en el territorio, la forma de concebir y ejecutar el retorno hacia la comunidad, el barrio y el Municipio. Se valorarán especialmente las acciones que incluyan otras propuestas o actores artísticos o sociales del entorno.
ConceptoRango puntaje
Descripción
Artístico
Excelente16 a 20El proyecto impacta de forma destacada en el entorno barrial/municipal. Incluye coordinaciones y redes locales para su ejecución.
Bueno11 a 16El proyecto se destaca en la planificación de su contrapartida, generando impacto puntual y de calidad.
Regular6 a 10El proyecto propone un impacto menor sobre el entorno sin acciones de especial destaque.
Insuficiente0 a 5El proyecto no impacta de manera suficiente en el barrio/municipio

AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN- Durante el proceso de evaluación si el jurado lo considera necesario podrá solicitar información adicional a los RESPONSABLES LEGALES de los proyectos. Se deberá dar respuesta a la información solicitada únicamente por correo electrónico con un plazo máximo de 72 horas contadas a partir del envío de la consulta.

ACTAS DE EVALUACIÓN - Los jurados actuantes elaborarán un Acta de Evaluación para cada subcategoria, en este caso: Muralismo, Artes Escénicas, Fotografía y Música. En la misma se detallará el puntaje adjudicado por el jurado a cada uno de proyectos presentados según los criterios de evaluación preestablecidos. Por último se realizará un ACTA FINAL con una lista de prelación de los proyectos seleccionados, que se elevará al Concejo Municipal para su homologación definitiva.

FALLOS - Para resultar seleccionado se requerirá un mínimo de 75% (setenta y cinco por ciento) del puntaje total. Los jurados tendrán que realizar la asignación de fondos seleccionando proyectos de cada Acta de Evaluación indistintamente, respetando el orden de prelación de los puntajes surgidos de cada una de dichas actas, el monto solicitado por cada proyecto y los parámetros generales definidos por el concejo Municipal para esta edición (ver MONTO TOTAL DE FINANCIACIÓN, DISTRIBUCIÓN DEL MISMO Y EJECUCIÓN).

En el ACTA FINAL el jurado hará constar el puntaje total y el monto asignado a los proyectos beneficiarios. El ACTA FINAL se publicará, una vez que haya sido homologada mediante la correspondiente resolución de la autoridad competente, y será la única forma de comunicación entre el jurado y los postulantes. El jurado podrá declarar desierto todo o parte del FMCC , por motivos fundados.

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS - La publicación de los resultados se realizará en la pagina web del Municipio C.

ACEPTACIÓN DE LAS BASES - Los/las postulantes darán por aceptadas las condiciones establecidas en las bases por el solo hecho de presentarse a la convocatoria, exonerando al Municipio C y a la Intendencia de Montevideo de cualquier reclamo derivado de las mismas.

EXONERACIOŃ DE RESPONSABILIDAD - El Municipio C y la Intendencia de Montevideo no se responsabilizarán por daño, pérdida o extravío alguno ocurrido con motivo o en ocasión de cumplimiento de las bases. La responsabilidad será pura y exclusivamente por cuenta del/la o de los/las postulantes.

DERECHOS DE IMAGEN, REPRODUCCIÓN Y OTROS - La participación en el llamado implica la cesión irrevocable al Municipio C de los derechos de imagen y reproducción de los proyectos presentados, para ser utilizados al solo efecto de la difusión cultural y sin fines de lucro. El Municipio C se reserva el derecho de realizar registros fotográficos, audiovisuales, etc., del proyecto y sus participantes así como a sus autores, para fines de documentación, educación y publicidad sin que esto implique para el Municipio C un pago o compensación adicional alguna.

PAGOS- Una vez recibido el acta del Jurado del FMCC con el listado de proyectos seleccionados, el Municipio C firmará un convenio con cada uno de los REPRESENTANTES LEGALES de los proyectos seleccionados y dispondrá del pago de los montos adjudicados.

CONTRAPARTIDA – La ejecucion de la contrapartida ofrecida por los proyectos seleccionados se ejecutará en acuerdo y coordinación con el Municipio C. Independientemente a la contrapartida propuesta por el postulante, si el proyecto resulta seleccionado para recibir el apoyo, toda la comunicación vinculada al proyecto, en cualquiera de sus formatos y canales deberá dejar expresa constancia del apoyo recibido, mediante el nombramiento del FMCC y el Municipio C y la inclusión de sus logos.

RENDICIÓN DE CUENTAS- Una vez concretado el proyecto, el REPRESENTANTE LEGAL deberá entregar al Municipio C una relación de gastos que deberán estar en consonancia con el presupuesto presentado en la postulación. Cada gasto presentado deberá ser acompañado del respectivo justificante, las facturas y boletas deberán ser oficiales y estar a NOMBRE DEL PROYECTO definido en el formulario de inscripción.

En caso de haber pagos por concepto de retribuciones artísticas, éstas se deben justificar mediante facturas de empresas unipersonales de los mismos artistas postulantes o por factura emitida por las Cooperativas de Artístas vigentes (Cooparte, Valorarte, Coopaudem). Todas las facturas deben ser oficiales y emitidas a NOMBRE DEL PROYECTO, previamente definido en el formulario de inscripción. En las facturas debe constar el nombre del artista contratado, el monto total de la retribución discriminando : las leyes sociales, el líquido a recibir por el artistas y los gastos de administración de las cooperativas en caso de corresponder.

Una vez aceptada la rendición de cuentas, el Municipio C dará por cerrado el convenio .

En caso de no cumplirse con este procedimiento el Municipio C se reserva el derecho a realizar todas las acciones legales que considere pertinentes contra el REPRESENTANTE LEGAL y los postulantes del proyecto en infracción.-

2.- Comunìquese al Municipio C y pase al Área Social de este Municipio a sus efectos.-

Susana Rodríguez,Alcaldesa.-

Carlos Curbelo,Concejal