Resolución N° 28/25/0113
Nro de Expediente:
2025-3380-98-000036
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/2/2025


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar a la firma FABRICA NACIONALES DE CERVEZA S.A. (FNC S.A), RUT Nº 210 114 160 015, sito en Entre Ríos Nº 1060, una multa de U.R. 20 por falta de Plan de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios.

Montevideo, 12 de Febrero de 2025.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Fabricación, importación y distribución de bebidas alcoholicas y analcoholicas, sito en Entre Ríos Nº 1060, responsabilidad de la firma FABRICA NACIONALES DE CERVEZA S.A. (FNC S.A), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 210 114 160 015, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se pudo comprobar que carecía de Plan de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y al incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la firma motivo de obrados por infracción a lo dispuesto en el Inciso III del artículo 2 dek Decreto de la Junta Departamental Nº35337;
CONSIDERANDO:1º) que mediante expediente caratulado con el Nº 2016-3380-98-000433 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 05 de febrero de 2025 procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar a la firma FABRICA NACIONALES DE CERVEZA S.A. (FNC S.A), inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 210 114 160 015, responsable del establecimiento destinado a Fabricación, importación y distribución de bebidas alcoholicas y analcoholicas, sito en Entre Ríos Nº 1060, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por falta de Plan de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase- por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Mónica Amado.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-