Resolución N° 62/17/0113
Nro de Expediente:
2016-5400-98-000011.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/3/2017


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar al CODICEN ANEP una multa de UR 5 por no conservación de veredas, una multa de UR 5 por no solicitar permiso para reconstruir vereda, y una multa de UR 15 correpondiente a finca en mal estado.-

Montevideo, 29 de Marzo de 2017.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento de la vereda y finca sita en la calle José Nasazzi Nº 996 (padrón 54427), responsabilidad del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, RUT: 212472100013, con domicilio a los efectos legales en la Av. del Libertador 1409, Piso 7;
    RESULTANDO: 1º) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se comprobó el mal estado de la finca y vereda;
    2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 5 correspondiente a la incorrecta conservación de la vereda y una multa de UR 5 por no solicitar permiso para la reconstrucción de la misma, según el artículo D. 2213 del Digesto Departamental, Vol. VII "Obras", Titulo II "De las veredas" Capítulo V "De las sanciones", como asimismo aplicar una multa de UR 15 según Decreto 21626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Ítem A correspondiente a finca en mal estado, al titular de obrados;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de UR 5 (unidades reajustables cinco) correspondiente a la incorrecta conservación de la vereda y una multa de UR 5 (unidades reajustables cinco) por no solicitar permiso para la reconstrucción de la misma, así como la aplicación de una multa de UR 15 (unidades reajustables quince) correspondiente a finca en mal estado, al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, RUT: 212472100013,
    responsable de la vereda y finca sita en la calle José Nasazzi Nº 996 (padrón 54427), con domicilio a los efectos legales en la Av. del Libertador 1409, Piso 7.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, para la notificación al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde .-

Jorge Cabrera,Concejal