Resolución N° 119/21/0113
Nro de Expediente:
2021-3380-98-000419
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/12/2021


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar a la firma unipersonal del Sr. Gastón Alberro Arredondo ( CI. 4.590.861-5) y del Sr. Matias Ariel Gorasov Porto ( CI: 4.774.295-6), RUT: 218567560010, responsables del establecimiento destinado a depósito y logística, sito en la calle 12 de Diciembre Nº 811, una multa de U.R 19 (Unidades Reajustables diecinueve) por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales- Segunda Reincidencia). Expediente: 2021-3380-98-000419.-

Montevideo, 1 de Diciembre de 2021.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito y logística, sito en la calle 12 de Diciembre Nº 811, propiedad de la firma unipersonal del Sr. Gastón Alberro Arredondo ( CI. 4.590.861-5) y del Sr. Matias Ariel Gorasov Porto ( CI: 4.774.295-6), RUT: 218567560010, con igual domicilio a los efectos legales ;
RESULTANDO: 1º) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada (resolución Nº 51/20/0113 de fecha 12/II/2020), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales - Segunda Reincidencia);
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R 19 (Unidades Reajustables diecinueve), a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que por expediente 2019-3380-98-000505, se cumplió con el procedimiento administrativo y no así con la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previa al dictado de la resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma unipersonal del Sr. Gaston Alberro Arredondo ( CI. 4.590.861-5) y del Sr. Matias Ariel Gorasov Porto ( CI: 4.774.295-6), RUT: 218567560010, responsables del establecimiento destinado a depósito y logística, sito en la calle 12 de Diciembre Nº 811, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R 19 (Unidades Reajustables diecinueve) por falta de Habilitación Departamental (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales- Segunda Reincidencia) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16.-
Jorge Cabrera,Alcalde.-

Margarita Castro,Concejala