Resolución N° 69/12/0113
Nro de Expediente:
3370-001444-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/4/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Taller Mecánico, sito en la Avda. Burgues No. 3763, cuyo responsable es la empresa unipersonal Nazareno Satdjian, C.I. 2.906.155-2, aplicación de multa U.R.9,7164, (1er. Reincidencia) y otra de U.R.9,8940.-

Montevideo, 17 de Abril de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en la Avda. Burgues No. 3763, cuyo responsable es la empresa unipersonal Nazareno Satdjian, C.I. 2.906.155-2, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resolución No. 357/09/3000 fecha 01/06/2009 de fecha 01/VI/2009), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Servicio de Contralor de la Edificación-Secc. Locales Industriales) -1er. Reincidencia-, asimismo se solicita aplicar otra multa por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos (DNB);
        2o) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R.9,7164, (1er. Reincidencia) y otra de U.R.9,8940 a la empresa de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;




        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.9,8940 (Unidades Reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) a la empresa unipersonal Nazareno Satdjian, C.I. 2.906.155-2, responsable del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en la Avda. Burgues No. 3763, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la susma adeudada dentro de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonda en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a laUnidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Despacho de este Municipio, para notificar a la firma infractora - librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 15, .-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez,Concejal