Resolución N° 293/24/0113
Nro de Expediente:
2022-3240-98-000578.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/11/2024


Tema:
MULTA POR HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20, al Sr. Andrés Gregorini Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.692.434-7, y al Sr. Mauricio Gabriel Simak Cañellas, titular de la Cédula de identidad Nº 3.512.953-6, responsables del predio empadronado con el Nº 17.174, sito en Marcelino Berthelot Nº 1688.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2024.-
 

VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes del predio empadronado con el Nº 17.174 sito en Marcelino Berthelot Nº 1688, responsabilidad del Sr. Andrés Gregorini Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.692.434-7 con domicilio a los efectos legales en Sarandí Nº 662 y del Sr. Mauricio Gabriel Simak Cañellas, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.512.953-6 con igual domicilio a los efectos legales en Juan de Dios Peza Nº 2131;
RESULTANDO: 1º) que en inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó humedades provenientes del padrón motivo de obrados y que afectan la habitabilidad del predio empadronado con el Nº 17.173 que se encuentra en regimen de propiedad horizontal, sito en Marcelino Berthelot Nº 1682;
2º) que se intimó a los propietarios del Padrón Nº 17.174 a realizar los trabajos necesarios a fin de evitar el pasaje de humedades y filtraciones al predio citado en numeral anterior;
3º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a los titulares de obrados por infracción a lo dispuesto en la Sección II, Artículo 3, Numeral 12, Inciso A, del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre del corriente procede a proveer de conformidad y solicita el dictado de Resolución de sanción de multa correspondiente;
2º) que la normativa vigente fija en Unidades Reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y su modificativa Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), al Sr. Andrés Gregorini Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.692.434-7, y al Sr. Mauricio Gabriel Simak Cañellas, titular de la Cédula de identidad Nº 3.512.953-6, responsables del predio empadronado con el Nº 17.174, sito en Marcelino Berthelot Nº 1688, con domicilio a los efectos legales en Sarandí Nº 662 y Juan de Dios Peza Nº 2131 respectivamente, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
2- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.-Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-