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| Resolución N° 261/16/0113 | Nro de Expediente:2016-3240-98-000516
 
 |  | MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:23/11/2016
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 Tema:
 MULTA HABILITACIONES
 
 Resumen:
 Aplicar una multa de U.R. 6 sociedad de hecho Stephanie Arias, C.I.: 5.125.602-6 y Marcelo Hermida, C.I.: 4.237.957-4 rotisería y panadería, sito en la calle Monte Caseros Nº 2901,
 
 
 
|  Montevideo, 23 de Noviembre de 2016.- |  
| VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a rotisería y panadería, sito en la calle Monte Caseros Nº 2901, propiedad de la sociedad de hecho Stephanie Arias, C.I.: 5.125.602-6 y Marcelo Hermida, C.I.: 4.237.957-4, con igual domicilio a efectos legales; RESULTANDO: 	1º.)  que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de habilitación municipal (Servicio de Contralor de Edificaciones-Locales Comerciales), intimándose a presentar en  el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondiente;
 2º.) que ante el incumplimiento  de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de  U.R. 6, a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
 CONSIDERANDO:	1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
 2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
 EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C1.- Aplicar una multa de U.R. 6 (Unidades Reajustables seis) a la sociedad de hecho Stephanie Arias, C.I.: 5.125.602-6 y Marcelo Hermida, C.I.: 4.237.957-4, responsable del establecimiento destinado a rotisería y panadería, sito en la calle Monte Caseros Nº 2901, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-RESUELVE:
 2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación,  la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes.-
 3.-  Comuníquese a la Unidad de Multas - Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al  Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
 |  |  |  |  |  |  |  |  |  | Rodrigo Arcamone,Alcalde.- Jorge Cabrera,Concejal |  |  |  |