Resolución N° 423/15/0113
Nro de Expediente:
3240-009959-15
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/10/2015


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA., RUT: 120096070014, con domicilio José Ma. Montero Nº 2903, Apto 101 vertimiento de sedimentos de obras en la boca de tormenta

Montevideo, 21 de Octubre de 2015.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con presencia de vertimiento de sedimentos de obras en la boca tormenta, sita en la calle Blandengues Nº 1602, por parte de la firma PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA., RUT: 120096070014, con domicilio a los efectos legales en la calle José Ma. Montero Nº 2903, Apto 101;
    RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que se vertió sedimento de obras en la boca de tormenta; CONSIDERANDO: 1o) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 2, a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Decreto Nº 21.626, Art. 4, lit B, Nral 21;
    2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL C
    RESUELVE
    1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (Unidades Reajustables dos) a la firma PERFORACIONES DEL LITORAL LTDA., RUT: 120096070014, con domicilio a los efectos legales en la calle José Ma. Montero Nº 2903, Apto 101, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y para librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 3,.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal