Resolución N° 45/24/0113
Nro de Expediente:
2020-3240-98-000442.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/4/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar a la ASOCIACIÓN CIVIL DE AYUDA MUTUA AMÉRICA, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 213861400016, responsable del establecimiento destinado a depósito, sito en Espinillo Nº 1477, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 15 ( Unidades Reajustables quince) por falta de Habilitación Departamental (Locales Comerciales e Industriales).-

Montevideo, 3 de Abril de 2024.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito, sito en Espinillo Nº1477, responsabilidad de la ASOCIACION CIVIL DE AYUDA MUTUA AMERICA, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 213861400016, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Departamental (Locales Comerciales e Industriales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que pese a los plazos concedidos y el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto en el Artículo 14 Numeral 1 del Decreto Departamental Nº 21.626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de la resolución de multa;
2º) que el Gobierno Municipal en sesión de fecha 20 de marzo de 2024, procede a proveer de conformidad a la presente multa;
3º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
4º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la ASOCIACIÓN CIVIL DE AYUDA MUTUA AMÉRICA, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 213861400016, responsable del establecimiento destinado a depósito, sito en Espinillo Nº 1477, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de U.R. 15 ( Unidades Reajustables quince) por falta de Habilitación Departamental (Locales Comerciales e Industriales), y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala