Resolución N° 479/15/0113
Nro de Expediente:
3240-003587-14
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/12/2015


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16 Sr. Marcelo Javier Roquero Méndez C.I.: 4.155.493-5 y de la Sra. Patricia Sánchez Hobas, C.I.: 1.164.459-2, responsable de la finca sita en la calle Cufré Nº 2211, padrón Nº 19480, con domicilio a los efectos legales en la calle Vázquez Nº 1524, apartamento 9,

Montevideo, 16 de Diciembre de 2015.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta cerco o barrera reglamentaria de la finca sita en la calle Cufré Nº 2211, padrón Nº 19480, responsabilidad del Sr. Marcelo Javier Roquero Méndez C.I.: 4.155.493-5 y de la Sra. Patricia Sánchez Hobas, C.I.: 1.164.459-2, con domicilio a los efectos legales en la calle Vázquez Nº 1524, apartamento 9;
RESULTANDO: 1º) que en la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó el mal estado de la vereda y la falta de cerco o barrera reglamentaria;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 16, a los titulares de obrados, por infracción a lo establecido en lo Decreto Nº 21.626, Sec. II, Art. 6, Zona 1ª;
CONSIDERANDO:1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 16 (unidades reajustables dieciséis) al Sr. Marcelo Javier Roquero Méndez C.I.: 4.155.493-5 y de la Sra. Patricia Sánchez Hobas, C.I.: 1.164.459-2, responsable de la finca sita en la calle Cufré Nº 2211, padrón Nº 19480, con domicilio a los efectos legales en la calle Vázquez Nº 1524, apartamento 9, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de esta Municipio, para la notificación al infractor, librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal