Resolución N° 240/24/0113
Nro de Expediente:
2024-3380-98-000134.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/9/2024


Tema:
MULTAS VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 a la FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE CIENCIAS DE LA SALUD, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 217591830016.-

Montevideo, 18 de Setiembre de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado y falta de mantenimiento de la vereda frentista al Padrón Nº 54.348 sito en Av. Agraciada Nº 3167, propiedad de la FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE CIENCIAS DE LA SALUD, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 217591830016 con domicilio a los efectos legales en el indicado precedentemente y en Gral. Pagola Nº 2034;
    RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 se constató la falta de mantenimiento de la vereda frentista al Padrón motivo de obrados, intimando al titular a dar inicio al permiso de construcción ó reconstrucción de la vereda referido predio bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
    2º) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató omisión a lo intimado;
    3º) que por lo expuesto, dicho Servicio informa que corresponde aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por infracción a lo previsto en el Volumen VII, Obras, Título II, de las veredas, Capítulo V, de las Sanciones, Artículo D.2213, Literal a);
4º) que el Gobierno del Municipio C en sesión ordinaria de fecha 11 de setiembre de 2024 entiende pertinente proceder de conformidad al dictado de multa correspondiente;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nº 3642/10 de fecha 9 de agosto de 2010 y Nº 3797/10 de fecha 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:
1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) a la FUNDACIÓN IBEROAMERICANA DE CIENCIAS DE LA SALUD, inscripta en el Registro Único Tributario con el Nº 217591830016, con domicilio a los efectos legales en Avda. Agraciada Nº 3167 y en Gral. Pagola Nº 2034, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16 los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-