Resolución N° 236/17/0113
Nro de Expediente:
2017-3380-98-000489.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/11/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 3 a la firma Carlos Nieto, RUT: 217112280010 (destinado a Venta de Comidas) , sito en la calle Juan carlos Blanco Nº 3459, por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) expediente: 2017-3380-98-000489.-

Montevideo, 15 de Noviembre de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Venta de Comidas, sito en la calle Juan Carlos Blanco Nº 3459, propiedad de la firma Carlos Nieto, CI: 3.714.820-1, RUT: 217112280010, con igual domicilio a los efectos legales;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales), intimándose a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales ;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma Carlos Nieto, CI: 3.714.820-1, RUT: 217112280010, responsable del establecimiento destinado a Venta de Comidas, sito en la calle Juan Carlos Blanco Nº 3459, con igual domicilio a los efectos legales, una multa de UR 3 (Unidades Reajustables tres) por falta de Habilitación Municipal (Servicio Contralor de la Edificación- Sector Locales Comerciales e Industriales) y no presentar la mencionada documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 16 .-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Jorge Cabrera,Concejal