Resolución N° 455/12/0113
Nro de Expediente:
3240-016071-12
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410 Firma TATA S.A., RUT: 210003270017, supermercado autoservice, Av. Gral. Flores Nº 2569

Montevideo, 8 de Noviembre de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a supermercado autoservice, sito en Av. Gral. Flores Nº 2569, propiedad de la Firma TATA S.A., RUT: 210003270017, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local - Habilitaciones Municipales (Servicio de Contralor de Edificaciones-Sec. Locales Industriales e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) y Dirección Nacional de Bomberos;
      2o.) que ante el incumplimiento parcial de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.7164 y otra de U.R.14.8410, por infracción a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, de 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades oportunamente delegadas;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R.14.8410 (Unidades Reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilésimas), a la Firma TATA S.A., RUT: 210003270017, responsable del establecimiento destinado a supermercado autoservice, sito en Av. Gral. Flores Nº 2569, con igual domicilio a efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para librar testimonio correspondiente y notificar a la firma infractora y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº3.-
Miriam Rodríguez,Alcaldesa.-

Horacio Pérez Sotelo,Concejal