Resolución N° 6/24/0113
Nro de Expediente:
2023-3370-98-000300.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/1/2024


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 1 al Sr. Ángel Longo, C.I: 1.366.770-8, con domicilio a los efectos legales en Ramón Estomba Nº 3518, responsable del predio sito en Comandiyú Nº 3505.-

Montevideo, 31 de Enero de 2024.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de mantenimiento del predio sito en la calle Comandiyú Nº 3505, responsabilidad del Sr. Ángel Longo, C.I: 1.366.770-8, con domicilio a los efectos legales en Ramón Estomba Nº 3518;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 se constató falta de mantenimiento y acumulación de chatarrería dentro del predio motivo de obrados intimando al titular de marras a realizar la limpieza y mantenimiento del referido predio bajo apercibimiento en caso de omisión de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, dicho Servicio solicita la aplicación de una multa de U.R 1 (Unidades Reajustables una ), al titular de obrados, por infracción a lo previsto en la Sección III, Art. 4º, Literal b) Numeral 19 Decreto Nº 21626 de fecha 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que mediante el expediente caratulado con el Nº 2019-3380-98-000367 se cumplió con el procedimiento administrativo y la vista previa de acuerdo a la reglamentación vigente previo al dictado de resolución de multa;
2º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
3º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R 1 (Unidades Reajustables una ) al Sr. Ángel Longo, C.I: 1.366.770-8, con domicilio a los efectos legales en Ramón Estomba Nº 3518, responsable del predio sito en Comandiyú Nº 3505, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes.-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde .-

Margarita Castro ,Concejala