Resolución N° 185/17/0113
Nro de Expediente:
2017-3240-98-000904.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/9/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de UR 10 a la firma TOVEMAR SA, RUT: 215065800010 (destinado a Parrillada y Pizzería) , sito en la calle Av. Gral. Flores Nº 3359, por falta de Habilitación Municipal (Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas)- expediente:2017-3240-98-000904.-

Montevideo, 6 de Setiembre de 2017.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Parrillada y Pizzería, sito en la calle Av. Gral Flores Nº 3359, propiedad de la firma TOVEMAR SA, RUT: 215065800010, con domicilio a los efectos legales en Av. Gral Flores Nº 3357 ;
RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se pudo comprobar que carecía de Habilitación Municipal (Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), intimándose a presentar en el mencionado servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes ;
2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 10 (Unidades Reajustables diez), a la empresa de obrados por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 ;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Aplicar a la firma TOVEMAR SA, RUT: 215065800010, responsable del establecimiento destinado a Parrillada y Pizzería, sito en la calle Av. Gral. Flores Nº 3359, con domicilio a los efectos legales en Av. Gral. Flores Nº 3357, una multa de UR 10 (Unidades Reajustables diez) por no presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local (Habilitación Municipal - Servicio Instalaciones Mecánicas y Eléctricas) .-
2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas - Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora, librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N º 3 .-
Rodrigo Arcamone,Alcalde.-

Carlos Curbelo,Concejal