Resolución N° 83/24/0113 | Nro de Expediente:
2022-3240-98-000622.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
8/5/2024 |
Tema:
MULTAS VEREDAS
Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) al Sr. Salomón Luis Sapyras titular de la Cédula de Identidad Nº 1.809.825-9, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 84.068 sito en Pando Nº 2454.-
Montevideo, 8 de Mayo de 2024.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado y falta de mantenimiento de la vereda frentista al Padrón Nº 84.068 sito en Pando Nº 2454, propiedad del Sr. Salomón Luis Sapyras titular de la Cédula de Identidad Nº 1.809.825-9, con domicilio a los efectos legales en el Padrón citado precedentemente y en la calle Buenos Aires Nº 583 unidad 003;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 intimó al titular de obrados a la reparación de la vereda bajo apercibimiento, en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
2º) que pese a las intimaciones realizadas, en inspección se constató la omisión a lo intimado;
3º) que por lo expuesto, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que la sanción que corresponde aplicar es una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) de acuerdo a lo previsto en el Digesto Departamental Volumen VII Obras, Título II de las Veredas, Capítulo V de las sanciones, Artículo D.2213 Literales a) y e);
4º) que el Gobierno del Municipio C entiende que corresponde proceder de conformidad al dictado de multa correspondiente;
1.-Aplicar una multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) y otra multa de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) al Sr. Salomón Luis Sapyras titular de la Cédula de Identidad Nº 1.809.825-9, responsable de la vereda frentista al Padrón Nº 84.068 sito en Pando Nº 2454, con domicilio a los efectos legales en el Padrón citado precedentemente y en la calle Buenos Aires Nº 583 unidad 003, por los motivos expuestos en la presente Resolución.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa .-
3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.- |
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Jorge Cabrera.-,Alcalde .-
Margarita Castro.- ,Concejala |  |
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