Resolución N° 270/24/0113
Nro de Expediente:
2024-0013-98-000672.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/10/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Ceder en préstamo a la Comisión Administradora del Espacio Cultural "La Criolla- Paso de las Duranas" creada al amparo del Artículo 278 de la Constitución de la República mediante Resolución Nº 4619/03 de 10 de noviembre de 2003, los equipos de audio y luces adquiridos por el Municipio C.-

Montevideo, 9 de Octubre de 2024.-
 
VISTO: la necesidad de formalizar el préstamo de los equipos de audio y luces adquiridos por el Municipio C a la Comisión Administradora del Espacio Cultural "La Criolla- Paso de las Duranas", creada al amparo del Artículo 278 de la Constitución de la República mediante Resolución Nº 4619/03 de 10 de noviembre de 2003;
RESULTANDO: 1) que se hace necesario el dictado de resolución por la cual se establecen las siguientes condiciones: a) el préstamo antedicho no tiene plazo, siendo de carácter precario y revocable en cualquier momento y sin expresión de causa; b) los equipos podrán ser utilizados exclusivamente para las actividades culturales que se lleven a cabo en el referido espacio cultural; c) el mantenimiento y reparación de los equipos será de cargo exclusivo de la Comisión Administradora; d) en caso de hurto o extravío, deben ser repuestos por la Comisión la cual debe realizar la denuncia policial pertinente y dar aviso inmediato al Municipio C; e) ceder el uso de los equipos al Municipio C cuando así se requiera, quien deberá coordinar el retiro y devolución con una antelación mínima de 96 (noventa y seis) horas, siempre y cuando no interfiera con las actividades previstas por la Comisión Administradora; f) si los equipos dejan de ser utilizados por el desgaste natural, porque dejan de cumplir la función por la cual fueran adquiridos, u otros motivos, se deberá informar y proceder con la devolución de los mismos al Municipio para la baja en el Activo Fijo;
2) que el Municipio C cede a la referida Comisión Administradora el uso de los equipos y accesorios que se detallan a continuación:

ARTÍCULO
CANTIDAD
N.º ETIQUETA ACTIVO FIJO
DESCRIPCIÓN/MODELO
Subwoofer dual
2
324219-324220
KS212C | SUBWOOFER ACTIVO DOBLE DE 12" DE 3600W CARDIOIDE
Consola de audio
1
324221
ALLEN & HEATH QU-24C | MIXER DIGITAL DE 24 ENTRADAS
Patchera de fibra
1
324222
ALLEN & HEATH AR2412 | PATCHERA RACK PARA MIXERS GLD QU SQ
Cabezal móvil de iluminación
6
324191 al 324196
250w BEAM MOVING HEAD LIGHT
Consola controladora de luces
1
324190
MA-COMMAND WING
Controladora de luces
1
324200
MA-FADER WING
Convertidor
1
324201
DMX CONNECTOR
Baúl de madera
3
324199-324197-324198
ANVIL - 2in1 FLIGHT CASE FOR BEAM LIGHT
Parlante
6
324223 al 324228
QSC CP12 | BAFLE AMPLIFICADO DE 12" DE 500W CLASE D
Parlante
6
324229 al 324234
QSC CP8 | BAFLE AMPLIFICADO DE 8" DE 500W CLASE D
Soporte para caja acústica
6
324235 al 324240
ADAM HALL SMBS5 | SOPORTE DE PARED PARA BAFLE
Micrófono dinámico
13
324202 al 324214
SENNHEISER E835 | MICRÓFONO DINÁMICO CARDIOIDE DE ESCENARIO
Micrófono para bombo
1
324215
E602II | MICRÓFONO CARDIOIDE PARA BOMBO
Micrófono para tambor
1
324216
SENNHEISER E604 MICROFONO CARDIOIDE PARA TAMBOR
Micrófono de condensador
2
324217 - 324218
SENNHEISER E614-2 | MICRÓFONO DE CONDENSADOR
Soporte de pie
16
No lleva etiqueta
SOPORTE PIE TIPO BOOM PARA MICRÓFONO
Cable para micrófono
16
No lleva etiqueta
CABLE DE MICRO XLR 10 M

CONSIDERANDO: que el Gobierno del Municipio C procede a proveer de conformidad;

EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE:
1.- Ceder en préstamo a la Comisión Administradora del Espacio Cultural "La Criolla- Paso de las Duranas" creada al amparo del Artículo 278 de la Constitución de la República mediante Resolución Nº 4619/03 de 10 de noviembre de 2003, los equipos de audio y luces adquiridos por el Municipio C que se detallan en la parte expositiva de la presente resolución bajo las siguientes condiciones: a) el préstamo antedicho no tiene plazo, siendo de carácter precario y revocable en cualquier momento y sin expresión de causa; b) los equipos podrán ser utilizados exclusivamente para las actividades culturales que se lleven a cabo en el referido espacio cultural; c) el mantenimiento y reparación de los equipos será de cargo exclusivo de la Comisión Administradora; d) en caso de hurto o extravío, deben ser repuestos por la Comisión la cual debe realizar la denuncia policial pertinente y dar aviso inmediato al Municipio C; e) ceder el uso de los equipos al Municipio C cuando así se requiera, quien deberá coordinar el retiro y devolución con una antelación mínima de 96 (noventa y seis) horas, siempre y cuando no interfiera con las actividades previstas por la Comisión Administradora; f) si los equipos dejan de ser utilizados por el desgaste natural, porque dejan de cumplir la función por la cual fueran adquiridos, u otros motivos, se deberá informar y proceder con la devolución de los mismos al Municipio para la baja en el Activo Fijo.-
2.- Comuníquese a las dependencias involucradas del Municipio y pase -por su orden- a conocimiento de la Unidad de Gestión Presupuestal y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 15. Cumplido, prosiga al Sector Despacho de éste Municipio para realizar la notificación correspondiente.-
Jorge Cabrera.-,Alcalde.- .-

Margarita Castro.- ,Concejala.-