Resolución N° 87/18/0113 | Nro de Expediente:
2016-3240-98-000591.- |
MUNICIPIO C - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
11/4/2018 |
Tema:
MULTA POR HUMEDADES
Resumen:
Aplicar una multa de UR 30 a la Inmobiliaria Tandem SA, RUT: 214079160010, por humedades provenientes de la calle Dr. Juan J. de Amezaga Nº 1827. Expediente: 2016-3240-98-000591.-
Montevideo, 11 de Abril de 2018.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con humedades provenientes de la vivienda sita en la calle Dr. Juan J. de Amezaga Nº 1827 (padrón Nº 17809), responsabilidad de la Inmobiliaria Tandem SA, RUT: 214079160010, con domicilio a los efectos legales en la calle Av. 18 de Julio Nº 1805;
RESULTANDO: 1º) que en inspección profesional realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, mediante expediente 2016- 3240-98-000591, se comprobó humedades que provenían de la finca mencionada y afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle Dr. Juan J. de Amezaga Nº 1823/ apto. Nº 1;
2º) que se intimó al responsable a realizar los trabajos necesarios en su finca a fin de evitar el pasaje de humedades a la vivienda mencionada;
3º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de UR 30 (Unidades Reajustables treinta) al titular de obrados por infracción a lo dispuesto en Artículo 3, numeral 12, Inciso A, secciòn II del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
RESUELVE: 1.-Aplicar una multa de UR 30 (Unidades Reajustables treinta) a la Inmobiliaria Tandem SA, RUT: 214079160010, responsable de la vivienda sita en la calle Dr. Juan de Amezaga Nº 1827 (padrón Nº 17809), con domicilio a los efectos legales en la calle Av. 18 de Julio Nº 1805, por no haber cumplido con lo intimado en reiteradas inspecciones técnicas con el fin de dar solución al pasaje de humedad a la finca sita en Dr. Juan de Amezaga Nº 1823/apto Nº 1.-
2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - a su orden - al Sector Despacho de este Municipio para su correspondiente notificación y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3.- |
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Rodrigo Arcamone,Alcalde.-
Jorge Cabrera,Concejal | |
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