Resolución N° 108/23/0113
Nro de Expediente:
2021-3240-98-000296.-
 
MUNICIPIO C - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/6/2023


Tema:
Multas

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) al Sr. Eduardo Mario Mernies Aran, C.I: 1.903.212-3 responsable de la finca sito en la calle Guaviyú Nº 3108 -Padrón Nº 99774.-

Montevideo, 7 de Junio de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda por instalación de barrera frente a la finca sito en la calle Guaviyú Nº 3108 -Padrón Nº 99774- responsabilidad del Sr. Eduardo Mario Mernies Aran, C.I: 1.903.212-3 con domicilio a los efectos legales en Hermógenes Álvarez Nº 3292;
    RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3, se comprobó que pese al tiempo transcurrido la situación sigue incambiada;
    2º) que pese a los plazos concedidos y ante el incumplimiento de lo intimado, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 solicita la aplicación al titular de obrados de una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho),por infracción a lo establecido en el Decreto Nº 21262, Sección II, Ártículo 3, Numeral 3, Inciso B, incrementado por contumacia según lo dispuesto por la Sección XIII, Artículos 21 y 22;
    CONSIDERANDO:1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) que por Resoluciones Nros. 3642/10, de 9 de agosto de 2010 y 3797/10, de 23 de agosto de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
    EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO C
    RESUELVE:

    1.- Aplicar una multa de U.R. 18 (Unidades Reajustables dieciocho) al Sr. Eduardo Mario Mernies Aran, C.I: 1.903.212-3 responsable de la finca sito en la calle Guaviyú Nº 3108 -Padrón Nº 99774- , por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
    3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase - por su orden - al Sector Despacho de este Municipio, a bien de dar continuidad al trámite. Cumplido, prosiga al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 a los efectos estime pertinentes.-
Jorge Cabrera,Alcalde .-

Margarita Castro,Concejala